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Bajo este epígrafe se tratarán los escudos
oficiales de España, de sus Comunidades Autónomas, de sus provincias
y de las ciudades y localidades más importantes. Este apartado se
podrá ir ampliando a otros pueblos más pequeños si por la colaboración de los usuarios se van facilitando
los datos de localidades, ciudades, provincias, etc.
Cuartelado, 1º de Castilla, 2º de León, 3º de
Aragón, y 4º de Navarra;
entado y caído en punta de Granada.
Sobre el todo un escusón ovalado de azur,
con tres flores de lis de oro bien ordenadas y con bordura de gules.
Soportan el escudo dos columnas de plata con sus capiteles y basas de
oro,
sobre ondas de agua de azur y plata,cimadas de las Coronas Imperial y
Real,
y enlazadas por una cinta de gules con la leyenda "PLUS ULTRA" en letras
de oro.
El estado español ha sufrido dos importantes divisiones administrativas. La efectuada por Juan de Burgos en el año 1.833, que la dividió en intendencias, y la actual a la que luego nos referiremos. La división del pasado siglo se movió por parámetros de intereses económicos y geográficos, dejando de lado la realidad histórica y cultural. Así, zonas de cultura y tradición diferente fueron agrupadas en regiones dispares. Por ejemplo, una provincia como Álava (castellana por los cuatro costados) se vio incluida en las Vascongadas, del mismo modo que Castilla se vio fraccionada en un extraño mosaico: que iba desde León hasta Murcia, pasando por Andalucía, a la que el insigne Profesor D. Claudio Sánchez Albornoz denominó la "Novísima Castilla", pues junto con Castilla la Vieja, León, Castilla la Nueva, Extremadura y Murcia, formaba la Castilla histórica. Lo cierto es que aquella división administrativa ha llegado hasta nuestros días, marcando y generando distintas realidades y sentimientos en unos y otros lugares. Quizá lo más triste sea ver hoy por hoy a Castilla dividida en dos (Castilla y León y Castilla-La Mancha), generando así un paulatino distanciamiento en su evolucionar y sentir; separación tan deplorable que trae a la mente el recuerdo de la aberrante división que sufrió en el siglo XX Alemania hasta que se produjo la caída del muro de Berlín.
La actual división administrativa del estado español, también más política que histórica, ha distribuido a raíz del advenimiento del sistema democrático, el territorio de este país en un total de diecisiete Comunidades Autónomas (o diecinueve, sin incluímos a Ceuta y Melilla que a la postre tienen tal cualidad, aunque con la denominación de Ciudades Autónomas), término acuñado para denominar un sistema que está a mitad de camino entre el Estado unitario y el Estado federal y que permite que unas Comunidades puedan acercarse más al modelo federalista -y así obtener sus aspiraciones de un autogobierno bastante o muy separado del central-, mientras que otras quedan aún bajo la dependencia efectiva del Gobierno central, estando administradas según los intereses de éste, pero sin poder argumentar que carecen de un gobierno propio, pues, aunque irrisorias, están dotadas de competencias que gestionan directamente.
Hecha esta breve presentación para la comprensión de aquéllos que puedan acceder a esta página desde fuera de España y que no conozcan la historia reciente de este país, y que, por consiguiente, no comprenderían la existencia de escudos carentes de historia y cuyo origen está más en la imaginación y perentoria necesidad de dar contenido a algo huérfano de sentido, que en los antecedentes históricos; continuaré con la exposición de la heráldica oficial, pues es, en fin, lo que nos ocupa, dejando al margen lo político. Por ello me limitaré a describir los escudos de cada Comunidad Autónoma. Incluyendo, eso sí, los de las ciudades (capitales de provincia) que las componen y de otras localidades de interés y relevancia de esas provincias.
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Nota del Autor: He comenzado, a petición de algunos usuarios, a situar al lado del nombre de la localidad -entre paréntesis- la denominación de la misma en su lengua vernácula para aquellas Comunidades Autónomas con lengua distinta del castellano (navarros hay que me han advertido que el vascuence es para ellos lengua extraña y no de esa tierra, mas aunque lo comparta en gran medida, no entro en polémicas y de las ya puestas -que permanecerán-, ninguna añadiré en lo sucesivo a esa Comunidad Autónoma). Con dicha inclusión trata de evitarse la difícil identificación que en ocasiones, por la notable diferencia que hay entre una y otra lengua, pueda producirse. Si omito alguna o es incorrecta, ruego se me haga saber para su corrección. Quiero aclarar, para evitar malentendidos, que uso el castellano como lengua propia y en consecuencia como idioma para mi página. Luego no haberlo hecho antes no es falta de atención ni de respeto a las demás lenguas de la península (hacia las que muestro una profunda consideración como acervo cultural que son de todos los españoles). Que en España a ciertos niveles (incluído el de los medios de comunicación -mayoritariamente de dudoso nivel cultural e intelectual) se esté imponiendo el uso de las denominaciones vernáculas en substitución de las castellanas, es algo que, sin embargo, no admito ni admitiré jamás. De la misma manera que sigo diciendo Londres, y no "London", o Aquisgrán, y no "Aachen", o Múnich, y no "München", etc., seguiré usando mi lengua, y no la que me impongan o traten de imponer, para nombrar las distintas localidades de España o lo que de ella queda. Gracias. |
Breves observaciones sobre la heráldica oficial. Aunque de forma muy somera, es conveniente hacer una serie de precisiones sobre el uso y diseño de las armas que ostentan las villas, pueblos y otras entidades locales mayores del estado español. Esta rama de la heráldica se caracteriza por:
a) En primer lugar se ha de aclarar que no todos los pueblos poseen escudo de armas. En estos casos, estas localidades utilizan -según el criterio de su ayuntamiento- el escudo nacional español, el de la comunidad autónoma correspondiente o el de la provincia a que pertenece. Quepa señalar que en Castilla hay pueblos que utilizan las armas de Castilla y León y algunos las de Castilla solas (en campo de gules, un castillo de oro mazonado de sable y aclarado de azur).
b) La heráldica oficial es desproporcionadamente irrespetuosa con las leyes y normas rectoras de la heráldica. De hecho, en la actualidad -y desde hace ya varios años- la Real Academia de la Historia viene fiscalizando la creación de los nuevos escudos que aprueban las localidades que desean poseer un escudo propio, cuidando que en su diseño y elaboración se observen y respeten tanto los antecedentes históricos de su composición como las reglas heráldicas. Sin embargo, los escudos ya utilizados con anterioridad al control de la citada Academia, han permanecido inalterables, como si de un derecho adquirido se tratase, aunque fueran contrarios a toda ortodoxia del blasón.
c) Existen numerosos casos de pueblos que han poseído hasta cinco escudos distintos, dando lugar a un cierto confusionismo para saber cuáles son sus vigentes armas. Por tanto, no es de extrañar que en ocasiones veamos de una misma localidad escudos distintos o el mismo, pero con variantes.
d) El ornato externo de los escudos suele ser en su inmensa mayoría la corona real, oscilando entre la moderna o cerrada y la antigua o abierta, según las épocas o vientos que corran, aunque un buen número de escudos tienen ya muy arraigada la forma de su corona ornamental. Sin embargo, no ha de resultar extraño ver el escudo de una localidad con distinto timbre en sellos antiguos al en que actualmente utiliza.
e) La forma de los escudos de villas y ciudades habría de ser, en principio, de forma rombal o de dama, ya que se refieren a entes de género femenino; sin embargo, esta regla sólo la observan con rigor la mayoría de las localidades de Cataluña, Valencia y Baleares. El resto de pueblos de España suelen adoptar el escudo tradicional español (de medio punto), pudiendo no obstante encontrar otros formatos (ovalado, de casulla, etc.).
f) Los escudos de las provincias -en especial las de la nación castellana (Castilla-León y Castilla-La Mancha) y Andalucía- se caracterizan por su desmesurado acuartelamiento, tendente a recoger en cada cuartel las armas de los distintos partidos judiciales de la provincia al momento de confeccionarse el escudo, rematándose con las armas de su capital en forma de escusón. No pasa esto en las provincias de Galicia y Vascongadas, como tampoco en las de Cataluña (excepción hecha de Lérida) y Valencia, donde la provincia posee un blasón propio.
A todos aquéllos que con su amabilidad faciliten el trabajo de este apartado, mediante el envío de los datos (o copia en fichero de formato «*.jpg» o «*.gif») del escudo de su Comunidad Autónoma, provincia, ciudad o localidad -los que obviamente serán incluidos en su lugar correspondiente-, muchas gracias por adelantado.
Agradezco a los muchos que me han
remitido escudos de sus localidades para insertarlos su colaboración
desinteresada.
No haberlos aún añadido a esta página no es olvido ni desidia,
sino falta de tiempo. Y cuando pueda, os aseguro, que los incluiré.
Muchas
gracias.
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